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Últimas noticias. Información, artículos y novedades de interés. El blog de asesoría fiscal, contable, laboral, financiero, jurídicos y de gestión en Logroño, La Rioja
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Con fecha 14 de marzo de 2024 han publicado en el Boletín Oficial de La Rioja (en adelante, BOR) la Orden por la que se aprueban a fecha 12 de marzo del mismo año las bases de la concesión de subvenciones por la ADER destinadas a la consolidación del trabajo autónomo Riojano, en régimen de concesión directa, quedando pendientes de publicar las convocatorias donde se establecerán plazos y condiciones.
Cuantía destinada a la subvención
Aquellos autónomos cuya fecha de nacimiento sea igual o posterior a 1995 se fija cuantía fija de 2.700 €
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
La orden entiende como beneficiarios a aquellos empresarios o profesionales que desarrollen, bien por cuenta propia o a través de una sociedad, actividades empresariales, mineras, industriales, comerciales, de servicios, agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras.
Sin embargo, no serán beneficiarios los autónomos que desarrollen la actividad a través de una sociedad si su Base Liquidable General sometida a gravamen de la declaración de IRPF del último ejercicio cerrado de dicho autónomo es superior a 60.000€.
Requisitos
En Jubera & Jubera nos mantenemos a la espera de lo que se publique próximamente para seguir proporcionándoles información.
No duden en consultar cualquier duda a nuestros asesores.
Jubera&Jubera