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Jubera & Jubera blog

SUBVENCIÓN PARA LA CONSOLIDACIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO RIOJANO

Con fecha 14 de marzo de 2024 han publicado en el Boletín Oficial de La Rioja (en adelante, BOR) la Orden por la que se aprueban a fecha 12 de marzo del mismo año las bases de la concesión de subvenciones por la ADER destinadas a la consolidación del trabajo autónomo Riojano, en régimen de concesión directa, quedando pendientes de publicar las convocatorias donde se establecerán plazos y condiciones.

Cuantía destinada a la subvención 

  1. Aquellos autónomos cuya fecha de nacimiento sea igual o anterior a 1964 se fija cuantía fija de 2.700€.
  2. Aquellos autónomos cuya fecha de nacimiento sea igual o posterior a 1995 se fija cuantía fija de 2.700 €

  3. Aquellos autónomos cuya fecha de nacimiento esté comprendida entre 1965 y 1994 se fija una cuantía fija de 2.100 €

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

La orden entiende como beneficiarios a aquellos empresarios o profesionales que desarrollen, bien por cuenta propia o a través de una sociedad, actividades empresariales, mineras, industriales, comerciales, de servicios, agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras.

Sin embargo, no serán beneficiarios los autónomos que desarrollen la actividad a través de una sociedad si su Base Liquidable General sometida a gravamen de la declaración de IRPF del último ejercicio cerrado de dicho autónomo es superior a 60.000€. 

Requisitos

  1. Los trabajadores deberán estar dados de alta en el RETA en el momento de la solicitud de la subvención, debiendo haber estado en dicha situación ininterrumpidamente el año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud.
  2. Estar dados de alta en el Censo de Actividades Económicas, con domicilio fiscal en LA RIOJA, al presentar la solicitud y mantener esta situación ininterrumpidamente hasta la fecha de la resolución de concesión y abono. En el caso de que el autónomo desarrolle la actividad a través de una sociedad o varias, al menos una de ellas deberá estar dada de alta en el censo de Actividades económicas, disponer domicilio social y fiscal en La Rioja.
  3. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y en Seguridad Social así como en CCAA.

 

En Jubera & Jubera nos mantenemos a la espera de lo que se publique próximamente para seguir proporcionándoles información. 

No duden en consultar cualquier duda a nuestros asesores

 

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