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Últimas noticias. Información, artículos y novedades de interés. El blog de asesoría fiscal, contable, laboral, financiero, jurídicos y de gestión en Logroño, La Rioja
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Hasta ahora, las sanciones por no presentar o por presentar fuera de plazo la declaración informativa de bienes y derechos en el extranjero (modelo 720) ascendían a 5.000 euros por dato o conjunto de datos omitidos, con un mínimo de 10.000 euros, siempre y cuando hubiera requerimiento previo de la Administración.
Hasta ahora, las sanciones por no presentar o por presentar fuera de plazo la declaración informativa de bienes y derechos en el extranjero (modelo 720) ascendían a 5.000 euros por dato o conjunto de datos omitidos, con un mínimo de 10.000 euros, siempre y cuando hubiera requerimiento previo de la Administración. Asimismo, si se dejaba de declarar algún activo adquirido con rentas no declaradas, dichas rentas no prescribían, debiendo tributar por ellas y aplicando una sanción sobre la cuota no ingresada del 150%.
No obstante, el pasado 27 de enero de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado dichas sanciones, así como la norma que regula la imprescriptibilidad de las rentas, como contrarias al derecho comunitario, ya que suponen una restricción a la libre circulación de capitales.
En primer lugar, debemos tener en cuenta que la obligación de presentar el modelo 720 sigue existiendo, por lo que en marzo de 2022 deberá, en su caso, presentar el modelo 720 en relación con el ejercicio 2021. No obstante, se prevé que antes del próximo 31 de marzo se aprobará un nuevo régimen sancionador menos gravoso para el contribuyente.
En este sentido, la Administración deberá anular todas las regularizaciones derivadas de dicho modelo que todavía no sean firmes (por ejemplo, sanciones recurridas pendientes de resolución).
Asimismo, en el caso de sanciones o liquidaciones firmes (por no haber sido ser recurridas o por haber sido confirmadas), los contribuyentes afectados tienen la posibilidad de solicitar su devolución acudiendo a un procedimiento de nulidad de pleno derecho por haber sido lesionados derechos susceptibles de amparo constitucional, pudiendo iniciarse en cualquier momento, incluso transcurridos los cuatro años del plazo de prescripción.
En los casos en los que las sanciones se hubieran recurrido judicialmente (habiendo argumentado que las liquidaciones o sanciones eran contrarias al Derecho Europeo) y los tribunales hubieran resuelto a favor de Hacienda, se podrá optar por un procedimiento de responsabilidad patrimonial del estado en el año siguiente a la publicación de la sentencia del TJUE en el Diario Oficial de la UE.
De acuerdo con lo anterior, si has sido sancionado por la declaración informativa de bienes y derechos en el extranjero, independientemente del estado de dicha sanción, no dudes en contactar con nuestro departamento legal para estudiar tu caso.