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RENTA 2025 EN LA RIOJA: RESUMEN DE DEDUCCIONES AUTONÓMICAS DEL IRPF

RENTA 2025 EN LA RIOJA: RESUMEN DE DEDUCCIONES AUTONÓMICAS DEL IRPF

Renta 2025 en La Rioja: resumen de deducciones autonómicas del IRPF

En plena campaña de la Renta 2025, los contribuyentes de La Rioja vuelven a enfrentarse a una de las partes más complejas de la declaración: la aplicación de las deducciones autonómicas del IRPF.

En La Rioja, la normativa vigente mantiene un conjunto amplio de beneficios fiscales vinculados a vivienda, familia, alquiler, educación infantil, medio rural, movilidad sostenible y determinadas situaciones personales y sanitarias, junto con nuevas medidas incorporadas recientemente.

A continuación, se recogen de forma esquemática las principales deducciones autonómicas aplicables.

Nacimiento o adopción de hijos

Deducción por cada hijo nacido o adoptado en el ejercicio:

  • 600 € por el primer hijo.
  • 750 € por el segundo.
  • 900 € por el tercero y siguientes.

En supuestos de partos o adopciones múltiples, se añade un incremento de 60 € por hijo.

Vivienda habitual

Régimen transitorio (adquisiciones anteriores a 2013)

Se mantienen determinados beneficios para menores de 36 años que adquirieron su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013, con porcentajes de deducción sobre cantidades invertidas en función del nivel de renta.

Adquisición o rehabilitación (jóvenes)

Para adquisiciones posteriores a 2013:

  • Deducción del 15% de las cantidades satisfechas.
  • Con límites de base y de renta establecidos normativamente.

Intereses de préstamos hipotecarios

Vigente durante los ejercicios 2023 a 2025:

  • 15% de los intereses satisfechos.
  • Base máxima: 5.000 € anuales.

Se trata de una deducción incompatible con determinados beneficios fiscales por inversión en vivienda habitual.

Alquiler de vivienda habitual

Para menores de 36 años:

  • 10% del alquiler con carácter general.
  • 20% en el caso de pequeños municipios.

Límites máximos:

  • 300 € anuales.
  • 400 € en pequeños municipios.

Pequeños municipios y medio rural

Se mantienen incentivos específicos para contribuyentes residentes en municipios incluidos en el Anexo I de la normativa autonómica.

Entre las principales medidas:

  • deducciones por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual,
  • ayudas vinculadas a guardería y menores de 3 años,
  • incentivos por residencia continuada en el medio rural.

Escolarización infantil (0 a 3 años)

  • Deducción del 20% de los gastos.
  • Hasta 600 € por hijo.

Se incluyen gastos de matrícula, asistencia, comedor y horario ampliado no subvencionado.

Acogimiento familiar

Deducción en función del tiempo de convivencia con el menor:

  • 300 € por menor si la convivencia supera 183 días.
  • 150 € entre 91 y 182 días.

Vehículos eléctricos y bicicletas

  • 15% por adquisición de determinados vehículos eléctricos (con límites).
  • Bicicletas eléctricas: hasta 225 €.
  • Bicicletas convencionales: 15% con límite de 50 € por unidad.

 

Jóvenes menores de 36 años: suministros y conexión

Además de vivienda y alquiler, existen deducciones específicas:

Internet

  • 30% del gasto anual.
  • 40% en pequeños municipios o familias monoparentales.

Luz y gas

  • 15% de los suministros.
  • Hasta 25% en determinados supuestos.

Sujetas a límites de renta.

Actividad deportiva

  • 30% de los gastos deportivos.
  • Hasta el 100% para mayores de 65 años o personas con discapacidad.
  • Límite máximo: 300 € anuales.

Se incluyen gimnasios, actividades deportivas, licencias federativas y centros autorizados.

Enfermedad celíaca y ELA

Celiaquía

  • 250 € por cada persona diagnosticada dentro de la unidad familiar.

ELA

  • 50% de los gastos relacionados con diagnóstico y tratamiento.
  • Límite: 2.000 € anuales.

Actividad agraria y medio rural

Se incorporan medidas específicas de apoyo al sector agrario:

  • Deducción de 1.000 € por inicio de actividad agraria por cuenta propia.
  • Posible mantenimiento en ejercicios posteriores si se cumplen los requisitos.

Cuotas a organizaciones agrarias (novedad 2025)

  • Deducción de hasta 100 € anuales por cuotas satisfechas.
  • Requiere certificación de la organización profesional agraria.

Mecenazgo y patrimonio histórico

Deducciones por donaciones y actuaciones vinculadas a:

  • cultura,
  • patrimonio histórico,
  • investigación,
  • deporte,
  • y empresas culturales.

Con porcentajes de deducción variables según el supuesto.

Consideraciones finales

La aplicación correcta de las deducciones autonómicas en La Rioja depende de múltiples factores como la renta del contribuyente, la situación familiar, la residencia efectiva, la documentación justificativa o las incompatibilidades entre beneficios fiscales.

Por ello, es habitual que el resultado final de la declaración varíe de forma significativa en función de si estas deducciones se aplican correctamente o no.

 Este contenido tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico o tributario individualizado. La aplicación de las deducciones dependerá de la normativa vigente y de las circunstancias de cada contribuyente, por lo que resulta imprescindible contar con un adecuado asesoramiento profesional especializado antes de adoptar cualquier decisión.

 

                                                                                                                                                          Jubera & Jubera

 

 

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