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El Registro de la Jornada de trabajo: dudas frecuentes

El Registro de la Jornada de trabajo: dudas frecuentes

La Inspección de Trabajo está controlando que las empresas lleven a cabo correctamente el registro de la jornada de sus trabajadores, así como que el calendario laboral esté elaborado en los dos meses primeros de cada año.

¿Qué trabajadores están incluidos y excluidos del registro de su jornada?

Incluidos: Todos los trabajadores: Trabajadores a jornada completa, trabajadores a tiempo parcial y/o trabajadores con horas extras.

Todas las empresas están obligada por Ley a registrar la jornada diaria de sus empleados y a efectuar una totalización mensual y a entregar una copia de su totalización a cada uno.

Cómo realizar el registro de la jornada de trabajo

Aunque tiene un coste, lo más cómodo es efectuar un registro mediante un sistema de fichajes (tarjeta, huella dactilar…).

Si tus empleados se desplazan o inician la jornada fuera de su centro, una opción es instalar un programa en su portátil o teléfono móvil que permita dejar constancia de cuándo inician y acaban su jornada.

Aunque da más trabajo, también puedes efectuar un registro manual rellenando a mano en un documento la hora de entrada y de salida. Si quiere, puede descargar aquí nuestro acuerdo y plantilla para el registro de jornada laboral.

DESCARGAR ACUERDO REGISTRO DE JORNADA

DESCARGAR PLANTILLA REGISTRO MANUAL DE JORNADA

¡Atención! En este caso la Inspección de Trabajo exige que sus empleados firmen cada día, para acreditar que los datos no se modifican y que éstos aceptan su contenido.

Cómo realizar la totalización de la jornada de trabajo

Si efectúa el registro manual, puede sumar las horas trabajadas en el mismo documento y graparlo en la nómina. Si el registro es electrónico, puedes extraer la totalización y graparla en la nómina.

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En ambos casos, debes guardar una copia firmada de dicho documento (para acreditar que lo has entregado).

Si entrega las nóminas de forma telemática, una alternativa es informar por escrito a su plantilla de que cada mes van a tener a su disposición la totalización de las horas (con la firma de los afectados).

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Guarda la firma. Así podrás acreditar ante la Inspección de Trabajo que éstos tienen acceso a la totalización de sus horas cada mes.